Rebaja de la pena a un acusado de vender marihuana

En un caso defendido por Bataller Balaguer Abogados, Mireia Balaguer logra la rebaja de la pena a un acusado de traficar con marihuana porque, entre otras cosas, se dedicaba a la venta “para subsistir”. El procesado, a quien un penal juzgado Penal de Barcelona impuso una pena de 2 años de prisión, ve reducida la condena a 9 meses por la aplicación invocada por la abogada del artículo 368.2 del Código Penal sobre delitos contra la salud pública, que señala que los tribunales “podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable”.

El acusado había sido condenado en primera instancia a una pena más elevada, en función del art.368.1 del Código Penal: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos”.

En este caso, estimando el recurso presentado por Mireia Balaguer, un tribunal de la Audiencia de Barcelona estima que la “cantidad objeto de tráfico es de escasa entidad” y valora sus circunstancias personales: “aunque tiene residencia legal en España y manifestó tener trabajo, tal extremo no consta acreditado y le fue intervenida únicamente la cantidad cobrada en la transacción, 20 euros, siendo consumidor de esta sustancia, de todo lo que cabe deducir que se dedica a su venta para subsistir”.

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