Pocos saben que antes del 2015 el delito de ocupación sin autorización de vivienda, inmueble o edificio que no constituye morada era un delito menos grave. Es decir, la ley permitía detener a sus autores.
En cambio, a partir de 2015, durante el gobierno de Mariano Rajoy, se produjo una reforma del Código Penal y por error “no reconocido” del legislador ese delito se degradó a delito leve. En ese caso la policía tiene vetada la opción de detener a los autores de la ocupación salvo en casos muy concretos. De esta manera, ese delito fue degradado a un procedimiento que carece de instrucción y que difícilmente va a producir una orden de desalojo por parte del juzgado ante la escasa entidad penal del hecho.
Posteriormente, el gobierno socialista tampoco se planteó modificar el artículo que llevó a la degradación del 13.4 del Código Penal. Esa reforma degradó dieciséis delitos menos graves a leves y el legislador no ha hecho nada para modificarlo.
Si en lugar de ser un delito leve fuera un delito menos grave la policía podría actuar de otra forma y con mayor celeridad. Los autores podrían ser detenidos y los jueces acordarían en más ocasiones el desalojo de la vivienda como ocurre en el delito de allanamiento de morada, que es cuando se ocupa una casa en la que vive alguien, aunque sea la segunda residencia o circunstancialmente no se encuentre habitada en ese momento.
Podemos crear leyes nuevas, complejas y lentas, pero en realidad s0lo con modificar el art. 13.4 del Código Penal cambiarían muchas cosas.